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Antes de contestar la pregunta que se formula en el título de este artículo debo de precisar que el caso que se plantea se trata uno de responsabilidad extracontractual, es decir cuando no hay un contrato de por medio.

El caso clásico de responsabilidad extracontractual es cuando hay un accidente de tránsito, entre la víctima y el autor del daño (imaginemos el chofer) no existe ningún contrato de por medio y eso se llama responsabilidad extracontractual (fuera de un contrato).

La responsabilidad extracontractual parte de un principio básico de la convivencia humana que es que cualquiera que cause un daño a otro debe de indemnizarlo más allá del hecho de si existió o existe un contrato entre ellos.

Ocurre sin embargo que no siempre estoy obligado a indemnizar al alguien si le causo un daño.

Uno de dichos supuestos es cuando hago ejercicio regular de un derecho. Si la ley me faculta a hacer algo y como consecuencia de ello causo un daño a alguien no estaré obligado a indemnizarlo dado que actué conforme a la ley.

Un caso usual es cuando viene un funcionario municipal o de defensa civil y me clausura mi local comercial. Es evidente que con el funcionario no tengo contrato alguno (estamos entonces ante un caso de responsabilidad extracontractual), es claro además que dicho funcionario me está causando un daño (yo como dueño del local voy a dejar de ganar dinero por cada día que esté clausurado el local).

A pesar de lo anterior yo no podré reclamar los daños y perjuicios que me puede causar la decisión municipal o de defensa civil dado que dichos funcionarios están haciendo ejercicio legítimo de un derecho por cuanto legalmente están facultados a realizar dicha clausura.

Obviamente que si la clausura no cumple los requisitos legales para llevarla a cabo entonces sí podré reclamar daños y perjuicios dado que ya no se trataría del ejercicio regular de un derecho.

Si tiene un caso de indemnización, ya sea como demandante o demandado, su abogado lo deberá ilustrar de estas excepciones y una serie de reglas sobre responsabilidad extracontractual, saberlas puede ser la diferencia entre ganar o perder un proceso judicial de daños.

La información dada en este artículo tiene un carácter general. Si necesita una consulta personal escríbanos a webmaster@tuasesorvirtual.com Las consultas formuladas pueden ser moderadas y serán filtradas antes de ser pasadas a los abogados que las absuelven a fin de ser anónimas y evitar cualquier conflicto de intereses. Cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema, además tenga en cuenta que la ley cambia permanentemente y que lo escrito puede haber cambiado.

La foto vía Sxc

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