Bill Gates publicó esta semana un ensayo que vale la pena leer completo: «The turbulent AI era is here. The choices we make now are critical» (Gates Notes, 26 de agosto de 2026). Su tesis es incómoda: la transición hacia la era de la inteligencia artificial será uno de los períodos más turbulentos de la historia humana y no existe un plan para atravesarla. La IA, dice, será «el mayor igualador jamás inventado, o la peor fuente de injusticia», según lo que decidamos ahora.
De las tres propuestas con las que cierra, la que él mismo califica como la más importante es institucional. Y su diagnóstico es quirúrgico: ninguna de nuestras instituciones fue diseñada para una tecnología que se difunde tan rápido y toca tantos ámbitos a la vez. Un ministerio de trabajo entiende la disrupción laboral pero no el riesgo de seguridad. Un regulador de mercado entiende la concentración pero no los efectos sobre menores de edad. Cada institución ve su pedazo, mientras las consecuencias recorren el sistema entero. Por eso Gates propone organismos capaces de establecer prioridades entre las distintas agencias del gobierno.
Traducido: instituciones capaces de mirar horizontalmente un Estado organizado verticalmente.
Y aquí el caso peruano es más interesante de lo que suele reconocerse.
Lo que el Perú sí tiene
Circula la idea de que estamos en foja cero en materia de IA. No es cierto, y conviene decirlo con precisión.
El artículo 4 de la Ley 31814, publicada en julio de 2023, ya establece que la PCM, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), es la autoridad técnico-normativa a nivel nacional responsable de dirigir, evaluar y supervisar el uso y promoción de la inteligencia artificial y las tecnologías emergentes.
Su reglamento, aprobado por Decreto Supremo 115-2025-PCM en septiembre de 2025, no se limita a prohibir y clasificar riesgos. Crea el Centro Nacional de Innovación Digital e Inteligencia Artificial (CNIDIA), gestionado desde la SGTD, con encargos notablemente cercanos a lo que suele reclamarse en estos debates: brindar soporte para diseñar y desarrollar sistemas de IA en entidades públicas, mejorar su efectividad y eficiencia institucional, identificar proyectos prioritarios y usar la IA para resolver desafíos públicos.
Y el 29 de abril de 2026, mediante Resolución Ministerial 152-2026-PCM, se aprobó la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2026-2030, de aplicación obligatoria para la administración pública, presentada expresamente como herramienta para hacer más eficiente al Estado y mejorar los servicios públicos. La ENIA crea el Oficial de Inteligencia Artificial en cada entidad, obliga a formular Planes de Acción con indicadores y proyectos priorizados, dispone el Catálogo IA Perú y ordena aprobar un Marco de referencia que deberá incluir patrones de intervención y participación humana.
Es más de lo que tienen la mayoría de países de la región. Entonces la pregunta correcta no es qué nos falta normar.
Es por qué el ciudadano sigue haciendo la misma cola.
Reglas maduras, ejecución incipiente
Mi lectura es esta: hemos avanzado mucho más en definir reglas, principios, estructuras y responsabilidades que en construir una capacidad transversal de ejecución que pueda demostrar, servicio por servicio, cuánto mejora la vida del ciudadano.
No es un reproche al diseño normativo. Es señalar dónde está hoy el cuello de botella.
La SGTD puede emitir lineamientos, aprobar estándares, supervisar y articular. El CNIDIA puede brindar soporte técnico. Lo que ninguno de los dos puede hacer es lo que Gates describe como la función esencial: decidir que este año el país interviene primero las colas de EsSalud y no otra cosa, movilizar el presupuesto para hacerlo, y responder por el resultado.
La propia ENIA revela el límite. Las entidades alinearán sus planes «considerando su presupuesto y capacidades». Cualquiera que haya trabajado con el Estado peruano sabe traducir esa frase: la transformación ocurrirá donde ya hay músculo —algunos ministerios, algunos reguladores, la banca pública— y no ocurrirá donde más se necesita: gobiernos regionales, municipalidades, hospitales de provincia, juzgados con carga desbordada. La brecha interna del Estado no se cerrará; se ensanchará. Y la IA habrá sido, dentro del propio aparato público, exactamente lo que Gates teme.
El Oficial de Inteligencia Artificial ilustra el patrón. Recae en un miembro del Comité de Gobierno y Transformación Digital: un funcionario existente que asume una función adicional, sin equipo dedicado ni presupuesto propio. Conocemos el desenlace de ese diseño, porque lo repetimos en oficiales de integridad, de transparencia y de protección de datos.
Lo que propongo darle a la arquitectura que ya existe
No hace falta otra entidad que regule la IA. Hace falta capacidad para usarla.
1. Un instrumento presupuestal propio. Un fondo concursable de modernización con IA, al que las entidades postulen con casos de uso y metas de servicio verificables, y que financie a quienes hoy no pueden financiarse. Sin dinero fresco, «alinear planes» es redactar documentos.
2. Capacidad de arbitraje intersectorial. Alguien tiene que poder fijar el orden de prioridad entre sectores y responder por el resultado agregado. Esa función, hoy, no tiene titular con poder real.
3. Métricas de servicio, no de cumplimiento. La diferencia entre medir «cuántas entidades designaron su OIA» y medir «cuántos días demora hoy una cita, un expediente, una licencia». Solo lo segundo le importa al ciudadano.
4. Usar bien la contratación que ya tenemos. La Ley 32069 incorporó los principios de innovación y vigencia tecnológica, y habilitó la Compra Pública de Innovación. Las herramientas existen. El reto es que las entidades sepan usarlas para adquirir soluciones que requieren experimentación, iteración y actualización continua, en lugar de comprarlas como se compra mobiliario.
5. Talento sostenible. Ningún equipo técnico se retiene con las escalas remunerativas actuales, y sin equipo técnico la mejor norma es papel.
Empezar donde se gana productividad sin entregar la decisión
Aquí conviene una distinción que el propio reglamento impone y que suele pasarse por alto en los entusiasmos.
Hay un terreno de bajo riesgo jurídico donde el Estado puede ganar mucho de inmediato: orientación al ciudadano en lenguaje simple, búsqueda y resumen documental, clasificación administrativa sin efectos sobre derechos, detección de duplicidades y expedientes abandonados, traducción a lenguas originarias, asistencia interna al funcionario.
Y hay un terreno de riesgo alto, expresamente calificado como tal en el Decreto Supremo 115-2025-PCM, que incluye usos en salud —orientación de tamizaje, sugerencia diagnóstica, pronóstico, priorización de emergencias—, así como educación, justicia, finanzas y acceso a programas y servicios básicos.
Empecemos por el primero. No por timidez, sino por secuencia: ahí se construye la confianza y la capacidad institucional que el segundo terreno exige.
Las garantías ya son derecho positivo
Y esto es lo que más me interesa subrayar, porque suele discutirse como si fuera ética prospectiva cuando ya es derecho vigente.
Como regla general, todo acto administrativo que afecte derechos debe estar debidamente motivado. La Ley del Procedimiento Administrativo General ya contempla, además, los actos producidos mediante sistemas automatizados, exigiendo que el administrado pueda conocer el nombre y cargo de la autoridad que los expide.
El Reglamento de IA de 2025 va más lejos. Cuando una decisión basada en IA impacta derechos, deben poder explicarse al usuario los criterios y factores relevantes utilizados. Y los sistemas de alto riesgo empleados por entidades públicas requieren supervisión humana efectiva: el funcionario debe poder detener, corregir o invalidar la decisión del sistema.
La consecuencia práctica es directa. Un sistema que deniega una prestación, califica un riesgo o prioriza un expediente sin que nadie pueda explicar cómo llegó a ese resultado no solo incumple el reglamento: puede comprometer la validez del acto y abrir la puerta a su impugnación.
Por eso el Marco de referencia que la ENIA ordena aprobar —el que debe definir los patrones de control, intervención y participación humana— no es un documento técnico menor. Es la pieza que determinará si las decisiones asistidas por IA resisten un control de legalidad. Se está redactando ahora, y el gremio legal debería estar participando.
La ventana está abierta estas semanas
Los plazos que fijó la ENIA vencen entre setiembre y octubre: los lineamientos del Oficial de IA, el Catálogo IA Perú y el Marco de referencia. La arquitectura fina se define ahora y todavía admite corrección.
Gates cierra su mensaje a los líderes con una idea que aplica sin traducción: pueden actuar antes de que el daño ocurra y la confianza pública se erosione. Agrego la razón local. El Estado peruano llega a esta transición con la confianza ciudadana ya deteriorada. Si lo primero que la IA hace visible en la vida de la gente es un chatbot que no resuelve nada o una decisión que nadie puede explicar, habremos quemado la oportunidad. Si lo primero que hace es acortar una cola, habremos comprado el capital político para lo difícil, que viene después.
Tenemos la autoridad. Tenemos las reglas. Tenemos la estrategia.
Falta la capacidad de ejecutarlas, y esa no se aprueba por resolución.
Alberto Villanueva Eslava es socio fundador de Villanueva & Soto Abogados y ex Presidente del INDECOPI.
Ensayo de Bill Gates: https://www.gatesnotes.com/a-turbulent-ai-era-and-critical-choices-to-make
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